Términos y condiciones
Las condiciones de uso del servicio de certificación por set de TDCOM.
Borrador sujeto a revisión legal. Versión 0.1 del 1 de noviembre de 2026.
El servicio
Tecnología e Innovación TDCOM SpA (RUT 78.348.672-5) ofrece un sistema de mercado que ejecuta, por cuenta del cliente, las etapas de la certificación de una empresa ante el Servicio de Impuestos Internos (SII) como emisor de documentos tributarios electrónicos. La autorización final la otorga el SII: TDCOM no la garantiza ni la decide.
Créditos
- Un crédito certifica un set (Básico, Guía de despacho, Factura exenta, Factura de compra o Boletas), incluidas sus etapas de simulación, intercambio, muestras impresas y declaración de cumplimiento.
- El crédito se descuenta al iniciar la certificación, después de revisar en el SII los permisos del certificado y la autorización de la empresa.
- Los créditos no vencen. Una compra lleva como máximo 20 créditos.
Precio y pago
Cada crédito vale 1 UF más IVA, convertido a pesos con el valor de la UF del día en que se confirma la compra. Desde 10 créditos se aplica un 10 % de descuento. El pago se hace mediante Mercado Pago y TDCOM emite la factura o boleta electrónica correspondiente.
Devoluciones
Pendiente de definir con asesoría legal: en qué casos se devuelven créditos o dinero (por ejemplo, una certificación que no pudo iniciarse por causas atribuibles a TDCOM). Las ventas con boleta a personas pueden quedar bajo la Ley 19.496 sobre protección de los derechos de los consumidores.
Obligaciones del cliente
- Usar un certificado digital vigente cuyo titular tenga los permisos necesarios en el ambiente de certificación del SII.
- Entregar datos verdaderos de la empresa y contar con la autorización de esta para certificarla.
- Custodiar su clave de acceso y la del certificado.
Responsabilidad
Pendiente de definir con asesoría legal: límites de responsabilidad, disponibilidad del servicio y de los sistemas del SII, y suspensión de cuentas por uso indebido.
Ley aplicable
Estos términos se rigen por la ley chilena. Cualquier controversia se somete a los tribunales ordinarios de justicia de Santiago.